Guía

¿Faltó a su audiencia de corte? Órdenes in absentia y reapertura

Si falta a su cita en la corte de inmigración porque no recibió la notificación de audiencia, un juez de inmigración puede ordenar su deportación en su ausencia.

Equipo de datos de AsylumTrackerFuentes revisadas el 27 sept 20266 min de lectura

Lo esencial

  • Un juez de inmigración debe ordenar la deportación de un no ciudadano si el gobierno demuestra que se entregó la debida notificación por escrito y que la persona es deportable.
  • El gobierno puede cumplir con el requisito de notificación enviando los avisos por correo a la dirección más reciente que usted proporcionó.
  • Una moción de reapertura por falta de notificación puede presentarse en cualquier momento, mientras que por circunstancias excepcionales debe presentarse dentro de 180 días.
  • Presentar una moción de reapertura que califique suspende automáticamente su deportación mientras el juez de inmigración toma una decisión.

Si falta a una audiencia de la corte de inmigración porque no recibió la notificación, un juez de inmigración puede ordenar su deportación en su ausencia. Usted puede pedirle a la corte de inmigración que anule esa orden de deportación presentando una moción de reapertura si puede demostrar que nunca recibió la debida notificación. Un abogado puede ayudarle a preparar la moción y solicitar sus expedientes de la corte de inmigración.1

Orden de deportación in absentia: qué hacer si no llegó notificación y 4 plazosAsylumTracker en YouTube · 6 min

Cuándo un juez de inmigración ordena la deportación in absentia

Los procedimientos de deportación comienzan oficialmente cuando el gobierno presenta un documento de cargos ante la corte de inmigración. Si usted no se presenta a su audiencia, el juez de inmigración no puede simplemente pausar o cerrar administrativamente el caso. El juez tiene la obligación legal de proceder y dictar una orden de deportación in absentia si el gobierno cumple con sus cargas procesales.2,3

Para obtener una orden de deportación in absentia, el gobierno debe establecer mediante pruebas claras, inequívocas y convincentes que usted es deportable. El DHS también debe presentar el mismo estándar probatorio exigente para demostrar que la notificación escrita de la audiencia programada y las sanciones por no comparecer le fueron entregadas debidamente a usted o a su representante legal.4

Reglas sobre la dirección y cómo la corte envía las notificaciones

La ley de inmigración exige que todo no ciudadano en procedimientos de deportación proporcione puntualmente al gobierno una dirección de contacto y un número de teléfono, y que reporte cualquier cambio de inmediato. Cuando el DHS envía notificaciones por correo, puede enviarlas a la última dirección que usted proporcionó a los funcionarios de inmigración. En Matter of Diji (2026), la Junta de Apelaciones de Inmigración determinó que el gobierno puede basarse en una dirección que usted proporcionó incluso antes de que se emitiera su documento de cargos.5,6

Enviar una notificación por correo a su dirección más reciente registrada se considera legalmente adecuado. Si un no ciudadano nunca proporciona una dirección según lo requerido, el gobierno no está obligado a proporcionarle una notificación por escrito antes de que la corte proceda en su ausencia. En Matter of Laparra-Deleon (2026), la Junta también sostuvo que una notificación de audiencia válida respalda una orden de deportación in absentia incluso si el documento inicial de cargos no incluía la fecha o la hora de la audiencia.1,4,7

Cómo rescindir una orden de deportación in absentia

Una orden de deportación in absentia solo puede rescindirse mediante una moción de reapertura por escrito presentada ante la corte de inmigración. Si usted no compareció debido a la falta de una debida notificación, puede presentar su moción de reapertura en cualquier momento. También puede presentarla en cualquier momento si estuvo bajo custodia de autoridades estatales o federales y su ausencia ocurrió sin culpa suya.1,8

Si usted sí recibió la notificación pero faltó a la corte debido a circunstancias excepcionales fuera de su control, se aplican plazos diferentes. En esa situación, debe presentar su moción de reapertura dentro de los 180 días posteriores a la emisión de la orden de deportación. La ley define las circunstancias excepcionales de forma estricta, abarcando eventos como una enfermedad personal grave o el fallecimiento de un familiar directo.1,8

Pasos para presentar una moción de reapertura

  1. Reúna pruebas de falta de notificación o eventos excepcionalesReúna declaraciones juradas y documentos de respaldo que demuestren que nunca recibió la notificación o que una emergencia le impidió comparecer.8
  2. Redacte y presente la moción por escritoPresente una moción por escrito en inglés ante la corte de inmigración que custodia los registros del caso, explicando todos los hechos relevantes.8
  3. Notifique formalmente a los abogados del gobiernoEnvíe una copia de la moción y de todos los documentos de respaldo a la Oficina del Asesor Jurídico Principal de ICE a cargo de la sede del caso.8
  4. Confirme la suspensión de la deportaciónVerifique que su presentación active una suspensión automática de la deportación mientras el juez de inmigración evalúa la solicitud.8

Consecuencias de una orden de deportación in absentia

Si una orden de deportación in absentia queda en firme, la ley de inmigración impone graves sanciones a largo plazo. Si usted recibió advertencias verbales en un idioma que comprende sobre la fecha de la audiencia y no se presentó sin que mediaran circunstancias excepcionales, no podrá recibir ciertos tipos de alivio migratorio durante 10 años. Este impedimento de 10 años previene la aprobación del ajuste de estatus y la cancelación de deportación.1,6

Preguntas frecuentes

¿Puede un juez de inmigración posponer mi audiencia en vez de ordenar la deportación?

En Matter of Laurent Castro (2026), la Junta determinó que un juez de inmigración no puede posponer una audiencia cuando el DHS demuestra la debida notificación y la deportabilidad, sino que debe dictar una orden de deportación in absentia.9

¿Presentar una moción de reapertura detendrá mi deportación?

Presentar una moción para reabrir una orden de deportación in absentia basada en la falta de notificación o en circunstancias excepcionales suspende automáticamente la deportación mientras el juez de inmigración decide la moción.1

¿Puedo presentar más de una moción de reapertura para una orden in absentia?

Según los reglamentos de la corte de inmigración, a un no ciudadano solo se le permite presentar una moción para reabrir una orden de deportación in absentia.8

¿Qué sucede si salgo de Estados Unidos mientras mi moción está pendiente?

Salir del país después de presentar una moción de reapertura o de reconsideración se considera reglamentariamente como un retiro de dicha moción.8

Fuentes

  1. 8 U.S.C. §1229a. Removal proceedings
  2. 8 CFR § 1003.14 Jurisdiction and commencement of proceedings.
  3. Matter of Orozco Becerra & Orozco Becerra, 29 I&N Dec. 600 (BIA 2026)
  4. 8 CFR § 1003.26 In absentia hearings.
  5. 8 U.S.C. §1229. Initiation of removal proceedings
  6. Matter of Diji, 30 I&N Dec. 1 (BIA 2026)
  7. Matter of Laparra-Deleon, 29 I&N Dec. 389 (BIA 2026)
  8. 8 CFR § 1003.23 Reopening or reconsideration before the immigration court.
  9. Matter of Laurent Castro, 29 I&N Dec. 419 (BIA 2026)

Esta guía ofrece información general a partir de registros públicos y no constituye asesoría legal. Las reglas y los plazos pueden cambiar y cada caso es distinto: consulte su caso con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el DOJ.